Sobre Tablas para la Sesion Ordinaria Nª 4
AGENTES MUNICIPALES
El primero esta referido al atraso salarial y precariedad en la que los agentes municipales desarrollan sus tareas. Nuestro Bloque ha intimado al Departamento Ejecutivo a que se ajuste a la Ley y conforme la Junta de Calificación y Ascensos a fin de comenzar a transitar por carriles de legalidad y justicia respecto a cada uno de los trabajadores que realicen su tarea de acuerdo a las necesidades de la Comunidad. Dicha Junta no está funcionando en lo que es una muestra más de la falta de consideración del Departamento Ejecutivo a los Trabajadores y denota una intención de seguir teniendo rehenes políticos y no, agentes jerarquizados y en condiciones dignas de trabajo.
Por otra parte se hace mención que en el presupuesto del año en curso y en los anteriores no se encuentra discriminada la Planta de personal. Asi como tampoco compartimos la política salarial incluida en el Presupuesto donde el sueldo básico de la categoría inferior es de $ 455 y el sueldo del Intendente asciende a $ 7.617 más gastos de representación por $ 2.110 lo que suma: $ 9.727 y hace una exagerada diferencia en la pirámide salarial. Si consideramos que en el artículo 125 de la Ley Orgánica de las Municipalidades se establece que en Municipios con 14 Concejales el Intendente debe cobrar el equivalente a 12 sueldos mínimos, en el caso de La Costa debería ser de: $ 5460. existiendo una diferencia injustificada de $ 2157
Esta situación lleva a que la mayoría de los empleados municipales se encuentren debajo de la línea de pobreza y es inadmisible que sea el Estado quien reproduzca situaciones de inequidad entre sus agentes. En abril el INDEC estableció que una familia tipo necesita $ 857,6 para no ser pobre y $ 400 para no caer en la indigencia. Sumado a esto el Ejecutivo veto una ordenanza que se aprobara por el HCD donde se le incrementaba $ 150 a los empleados municipales, así como también veto un proyecto impulsado por nuestro Bloque en el que fijaba reducir a la mitad el gasto de transporte público de pasajeros a los empleados
POR ELLO:
El Bloque encuentro popular en uso de las Facultades que le otorga la Ley Orgánica de las Municipalidades, propone el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Incorpórase como importe remunerativo del salario de los Agentes Municipales en todas las categorías, toda aquella suma que a la actualidad sea abonada como: suma fija, productividad y cualquier otro item que figure en el recibo y no aporte a la futura jubilación de los trabajadores.
ARTICULO 2º.- Adécuense las partidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º.- Requiérase al Departamento Ejecutivo que considere la posibilidad del Abono Mensual Reducido para la utilización del transporte público de pasajeros por parte de los trabajadores municipales, en los términos establecidos en el Proyecto mencionado ut supra.
ARTICULO 4º.- Adhiérase al proyecto de Ley que propone la Derogación de la Ley 11.757 que se encuentra en tratamiento Legislativo en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5º.- Adhiérase al Proyecto de Ley que establece el llamado a Paritarias para la discusión respecto del Sueldo de los trabajadores Municipales.
ARTICULO 6º.- Adhiérase a la Ley Provincial 13.354 que establece en su Artículo 2º que el Adicional por Antigüedad a partir del año 2006 será del 3% del Sueldo Básico de la categoría de revista.
ARTÍCULO 7º.- Remítase copia del presente a Las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires, dése la más amplia difusión.
CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE LA COSTA Y LA UNIVERSIDAD ATLÁNTIDA ARGENTINA
La primera etapa estaba planteada entre septiembre y octubre de 2004, la segunda entre octubre de 2004 y hasta septiembre de 2005 y la última entre esa fecha y hasta septiembre del corriente año. En esta proyección se planificaba un reordenamiento del texto vigente respecto a las Ordenanzas Fiscales e Impositivas con adecuación de tributos a la realidad económica actual, previo estudio del impacto económico de los distintos sistemas impositivos municipales.
Entre las obligaciones de la Municipalidad se explicita la de aportar todos los fondos necesarios para el sostenimiento del programa, con un monto de $12.000.- (doce mil pesos) mensuales. A la fecha se cumplen 19 meses de la firma del mencionado convenio, es decir que se supone hoy, un gasto de $228.000.- (doscientos veintiocho mil pesos) para financiar este convenio.
En el Expediente N° 4122- 0481/06 mediante el cual se elevó a este HCD el proyecto de Ordenanza Fiscal e Impositiva para el ejercicio en curso, no consta el informe que debiera provenir de la Universidad de la Atlántida Argentina y/o del Instituto de Estudios Municipales. En las mencionadas actuaciones simplemente figura la elevación de la Secretaría Económica y de la Dirección de Recursos Públicos y Habilitaciones, sin mención alguna al convenio de referencia, ni de datos surgidos del estudio respectivo.
de lo dicho se desprende la existencia de una erogación de gastos por parte de esta municipalidad que no coincide con lo obrado respecto al proyecto de Ordenanzas Fiscal e Impositiva que tendría que haber realizado la Universidad Privada de la Atlántida Argentina.
POR ELLO:
El Bloque de Concejales Encuentro Popular en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades eleva el siguiente proyecto de
D E C R E T O
ARTICULO 1°.- Requiérase al Departamento Ejecutivo que en un plazo máximo de 10 días informe a este Cuerpo respecto al estado de Ejecución del Convenio celebrado entre esta Municipalidad y la Universidad Atlántida Argentina, homologado por Decreto Municipal N° 564/2004.-
ARTICULO 2°.- Requiérase a la Secretaría de Economía e Infraestructura un detalle pormenorizado de los gastos erogados entre septiembre de 2004 y hasta el 30 de abril del corriente en concepto de pago a la Universidad Atlántida Argentina en virtud del convenio de referencia.-
RECLAMO LUMINARIAS EN MAR DEL TUYU NORTE
La iluminación representa un factor decisivo en materia de seguridad, lo cual se vio amparado en la Av. San Bernardo y algunas Av. Costaneras del distrito pero no así dentro de los barrios.
A la fecha se suma el reclamo de vecinos de diferentes lugares del partido de La Costa con inquietudes similares, tanto en el Barrio San Martín como en El Puerto de San Clemente del Tuyú, el estado del alumbrado público es paupérrimo lo cual atenta contra la seguridad de los vecinos. la solución a estos planteos no puede esperar los tiempos burocráticos que se acostumbran.
POR ELLO:
El Bloque de Concejales de encuentro popular en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades eleva el siguiente proyecto de:
D E C R E T O
ARTICULO 1°.- Requiérase al Departamento Ejecutivo que a través del área que corresponda proceda a dar pronta solución a los reclamos efectuados en el exordio del presente.-
Silvia Czopko Miguel Girbal
concejal concejal
encuentro popular
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